Preguntas Frecuentes

APLICACIÓN DE SUBSIDIO

D.S. Nº 1 Título I, Tramo I
1.- Soy beneficiario de subsidio, ¿qué debo hacer para aplicarlo?
1.- Buscar en el Mercado Inmobiliario viviendas que se ajusten al precio máximo por el cual puedo obtener el subsidio. En este caso, viviendas nuevas o usadas de hasta 1000 UF.
2.- Una vez seleccionada la vivienda que desea adquirir y teniendo acuerdo con el vendedor, debe contar con todos los documentos minimos exigidos para la compra de vivienda y para el cobro de este.
La documentación a presentar es la siguiente:
• a) Certificado de subsidio habitacional original endosado, es decir firmado por el beneficiario, en favor del vendedor o vendedores.
• b) Copia auténtica de la respectiva escritura de compraventa* con constancia en original de la inscripción de dominio a favor del beneficiario y/o de su cónyuge y de la prohibición a favor del SERVIU Metropolitano en el Conservador de Bienes Raíces correspondiente.
La escritura de Compraventa debe estipular el precio de la vivienda en UF, indicándose la aplicación total del ahorro acreditado, el número de la libreta de ahorro y banco, la aplicación del subsidio consignando serie y número, incluyéndose también si los hubiere, la cuota al contado.
* Se acepta fotocopia legalizada en la misma notaria en que se suscribió el contrato de compraventa con constancia en original de las inscripciones en el Conservador de Bienes Raíces correspondiente.
• c) Copia de inscripción de la prohibición SERVIU de enajenar durante 5 años, la que no será exigible si dicha inscripción consta en la copia de la respectiva escritura de compraventa.
• d) Permiso de Edificación y Certificado de Recepción Municipal. Extendidos por la Dirección de Obras Municipales correspondiente, donde conste que se trata de una Vivienda Económica (Acogida al DFL-2/1959). En esta certificación debe aparecer individualizada la vivienda (calle y número municipal, manzana, sitio, nombre de la población o conjunto habitacional), o informe previo de aceptabilidad (en el caso de vivienda usada que no sea vivienda económica). El Certificado de Recepción Final puede estar inserto en la escritura de compraventa, en este caso debe aparecer transcrito completamente.

Si la vivienda hubiese sido adquirida por el vendedor al SERVIU, CORVI, o CORHABIT, la Recepción Final puede reemplazarse por copia del Título de Dominio de la propiedad.
• e) Plano de planta de arquitectura de la vivienda, que corresponda al permiso de edificación, con timbre de la Dirección de Obras Municipales respectiva. Esto se solicita para acreditar que se cumple con el Programa Arquitectónico, cuando el subsidio se aplica al pago del precio de una vivienda nueva que NO forme parte de un proyecto de la Nómina de Oferta de Proyectos. En el caso de una vivienda usada, se deberá presentar tasación comercial, la que deberá establecer que ésta cumple con los requisitos mínimos señalados en el Programa Arquitectónico.
• f) Declaración Jurada de No Parentesco, (sólo en caso de compra de viviendas usadas) en formulario proporcionado por SERVIU en Arturo Prat Nº 80, piso 1, módulos Nº 8 y 9, donde el comprador y el vendedor o vendedores manifiestan que no los liga ninguna relación de parentesco. Esta declaración jurada NO es notarial.
• g) Mandato o Poder Notarial en original y fotocopia, si se debe efectuar el pago a un tercero, o sólo a alguno de los vendedores (en el caso de sucesiones por ejemplo).
• h) Certificado de Matrimonio con subinscripción de la sentencia de divorcio el que será exigible sólo si el beneficiario postuló con divorcio en trámite.
• i) Tasación comercial de la vivienda la que deberá ser realizada por un consultor con inscripción vigente en el Registro Nacional de Consultores del MINVU, en la subespecialidad Tasaciones o por la Unidad de Tasaciones del SERVIU Metropolitano (Serrano 45, 3er. Piso, Ala Sur).

D.S.Nº 1, Título I, Tramo II y Título II
1.- Soy beneficiario de subsidio, ¿qué debo hacer para aplicarlo?
1.- Buscar en el Mercado Inmobiliario, viviendas que se ajusten al precio máximo por el cual puedo obtener el subsidio. En este caso, vivienda nueva o usada de hasta 1.400 UF, para el Título I, tramo 2 y hasta 2.200 UF en el Título II
2.- Una vez seleccionada la vivienda que desea adquirir, y teniendo acuerdo con el vendedor, debe preocuparse que ésta cumpla con los requisitos que se expresan en los documentos que usted debe presentar a Serviu para realizar el cobro del subsidio.
La documentación a presentar, tanto en el Título I, Tramo II, como en el Título II es idéntica y exige los siguientes documentos:
• a) Certificado de subsidio habitacional original endosado, es decir firmado por el beneficiario, en favor del vendedor o vendedores.
• b) Copia auténtica de la respectiva escritura de compraventa con constancia en original de la inscripción de dominio a favor del beneficiario y/o de su cónyuge y de la prohibición a favor del SERVIU Metropolitano en el Conservador de Bienes Raíces correspondiente.

La escritura de Compraventa debe estipular el precio de la vivienda en UF, indicándose la aplicación total del ahorro acreditado, el número de la libreta de ahorro y banco, la aplicación del subsidio consignando serie y número, incluyéndose también si los hubiere, la cuota al contado y el crédito hipotecario. En este caso debe mandatarse en la escritura de compraventa, al banco para la contratación de los Seguros de Desempleo o Incapacidad Laboral, de Desgravamen e Invalidez y de Incendio y Sismo.
• c) Copia de inscripción de la prohibición SERVIU de enajenar durante 5 años, la que no será exigible si dicha inscripción consta en la copia de la respectiva escritura de compraventa. Se indica a continuación el texto a insertar en la escritura de compraventa:
• d) Permiso de Edificación y Certificado de Recepción Municipal. Extendidos por la Dirección de Obras Municipales correspondiente, donde conste que se trata de una Vivienda Económica (Acogida al DFL-2/1959). En esta certificación debe aparecer individualizada la vivienda (calle y número municipal, manzana, sitio, nombre de la población o conjunto habitacional), o informe previo de aceptabilidad (en el caso de vivienda usada que no sea vivienda económica). El Certificado de Recepción Final puede estar inserto en la escritura de compraventa, en este caso debe aparecer transcrito completamente.

Si la vivienda hubiese sido adquirida por el vendedor al SERVIU, CORVI o CORHABIT, la Recepción Final puede reemplazarse por copia del Título de Dominio de la propiedad.
• e) Plano de planta de arquitectura de la vivienda, que corresponda al permiso de edificación, con timbre de la Dirección de Obras Municipales respectiva.
• f) Declaración Jurada de No Parentesco, (sólo en caso de compra de viviendas usadas) en formulario proporcionado por SERVIU en Arturo Prat Nº 80, piso 1, módulos Nº 8 y 9, donde el comprador y el vendedor o vendedores manifiestan que no los liga ninguna relación de parentesco. Esta declaración jurada NO es notarial.
• g) Mandato o Poder Notarial en original y fotocopia, si se debe efectuar el pago a un tercero, o sólo a alguno de los vendedores (en el caso de sucesiones por ejemplo).
• h) Certificado de Matrimonio con subinscripción de la sentencia de divorcio, el que será exigible sólo si el beneficiario postuló con divorcio en trámite.
• i)Tasación comercial de la vivienda la que deberá ser realizada por un consultor con inscripción vigente en el Registro Nacional de Consultores del MINVU, en la subespecialidad Tasaciones o por la Unidad de Tasaciones del SERVIU Metropolitano (Serrano 45, 3er. Piso, Ala Sur).

¿En qué consiste el Programa De Protección del Patrimonio Familiar (PPPF)?
Título I, II y III:
1.- Título I: Subsidios para Equipamiento Comunitario o Mejoramiento del Entorno
Este subsidio permite construir, mantener o reparar el equipamiento comunitario o los bienes nacionales de uso público o efectuar obras en terrenos de una copropiedad. Corresponde al Título I del Programa de Protección del Patrimonio Familiar.
Este subsidio está regulado por el Decreto Supremo N° 255 de 2006, de Vivienda y Urbanismo.
Descargar: DS N°255 de 2006.
¿En qué consiste?
Este subsidio permite a familias vulnerables o de grupos emergentes construir, mantener o reparar el equipamiento comunitario o los bienes nacionales de uso público cercanos a sus viviendas, o efectuar obras en el terreno donde se emplaza su condominio.
Apoya el financiamiento de las siguientes obras:
• Mejoramiento de Espacios Públicos: Cierros, iluminación y otras similares.
• Construcción o Mejoramiento de Inmuebles de Equipamiento Comunitario: Infocentros, juegos infantiles, sedes sociales, multicanchas, mobiliario urbano y otras similares.
• Mejoramiento en el Terreno de la Copropiedad: Áreas verdes, estacionamientos, juegos infantiles, luminarias, cierres perimetrales y otras similares.
• De Innovaciones de Eficiencia Energética en Espacios públicos, Equipamiento o Bienes Comunes No Construidos: Colectores solares, iluminación solar, tratamientos de separación de aguas y otras similares.

El subsidio máximo que se puede obtener en la Región de los Rios es de 10 UF.
Los postulantes deben aportar un ahorro mínimo de 1 UF.
¿A quién está dirigido?
A familias propietarias o asignatarias de una vivienda social o cuyo valor de tasación no supere las 650 UF, construida por el Estado o por el sector privado con o sin subsidio habitacional y localizada en zonas urbanas o rurales. También pueden postular familias arrendatarias en caso de proyectos de mejoramiento de espacios públicos, o de proyectos de construcción o mejoramiento de inmuebles destinados a equipamiento comunitario.
¿Qué requisitos se deben cumplir para postular?
• Tener mínimo 18 años de edad.
• Los interesados deben estar constituidos como grupo organizado.
• Ser propietario o asignatario (postulante o cónyuge) de una de las viviendas que integre el proyecto, la cual debe catalogarse como social o su tasación no debe superar las 650 UF (de acuerdo a la metodología que señala el reglamento); excepto si se postula a obras de mejoramiento de espacios públicos o de construcción o mejoramiento de equipamiento comunitario.
• Acreditar haber depositado el ahorro mínimo al último día del mes anterior al de inicio de la postulación, en algún tipo de cuenta de ahorro que contemple reajustabilidad y facultad de bloquearse y desbloquearse.
• Los postulantes a obras de Mejoramiento de Espacios Públicos o de Proyectos de Construcción o Mejoramiento de Inmuebles destinados a Equipamiento Comunitario, pueden eximirse de presentar el ahorro mínimo si cuentan con aportes de terceros que a lo menos le sean equivalentes.
• Cuando la suma del subsidio y el ahorro sea menor al costo total del proyecto, se debe contar con aportes adicionales.
• No haber sido beneficiado (postulante y cónyuge) con un subsidio del programa de Mejoramiento de la Vivienda Familiar y su Entorno.
• Contar con asesoría de un Prestador de Servicios de Asistencia Técnica (Psat).
• Contar con un constructor o contratista inscrito en el Registro de constructores del Minvu, para la ejecución de las obras.
• Contar con autorización de los copropietarios, cuando el proyecto afecte bienes comunes de un condominio.
• Contar con permiso de edificación de la Dirección de Obras Municipales (DOM), cuando el proyecto lo requiera.
• Si el proyecto se ubica en terreno municipal, contar con un comodato de a lo menos 10 años a favor del grupo postulante.
• Si el proyecto se ubica en bienes nacionales de uso público debe contar con permiso municipal para intervenirlo.

¿Dónde y cómo se postula?
Se postula a los llamados en grupo, a través de una entidad patrocinante o Prestador de Servicios de Asistencia Técnica (Psat), en las fechas que el Minvu indique. Ver las fechas de postulación.
El Psat ingresará al Serviu la documentación que exige el programa y velará por que los interesados cumplan todos los requisitos para postular.
¿Cómo se efectúa la selección?
Luego que el Psat ingresa los proyectos al Serviu se efectúa un proceso de evaluación, pasando a la etapa de selección aquellos que resultaron “calificados”.
La selección se realiza por estricto orden de puntaje, hasta agotar los recursos asignados a cada región en los respectivos llamados.
Los factores de puntaje son los siguientes:
• Antigüedad de la postulación.
• Registro Social de hogares. La presentación de este instrumento será voluntaria.
• Vulnerabilidad del grupo o familia (adultos mayores, enfermos catastróficos, discapacitados, menores de 15 años, personas reconocidas en el Informe Valech y familias monoparentales).
• Mejoramiento de un bien nacional de uso público.
• Equipamiento comunitario y/o mejoramiento del entorno.
• Tipo de proyecto.

Los resultados de la selección se pueden conocer aproximadamente 45 días después de cerrado el período de postulación correspondiente, en este mismo sitio Web.
Costo: La postulación a este beneficio no tiene costo.
Resultado: Quienes resulten seleccionados obtendrán de Serviu un certificado denominado “Subsidio para el Equipamiento Comunitario y/o Mejoramiento del Entorno”, el cual sólo se podrá aplicar al financiamiento del proyecto seleccionado. La vigencia de este documento es de 12 meses, contados desde la fecha de su emisión (esta fecha aparece en el certificado).
El certificado de subsidio incorpora adicionalmente un pago para el Prestador de Servicios de Asistencia Técnica (Psat).
2.- Título II: Subsidios para Reparación y Mejoramiento de la Vivienda
Este subsidio permite reparar o mejorar viviendas sociales o cuya tasación no supere las 650 UF, pertenecientes a familias que cuentan con máximo 70 % en el registro social de hogares.
Corresponde al Título II del Programa de Protección del Patrimonio Familiar.
Descargar: DS N° 255 de 2006.
¿En qué consiste?
Este subsidio busca interrumpir el deterioro y mejorar la vivienda de familias vulnerables y de sectores emergentes, apoyando el financiamiento de las siguientes obras:
• De Seguridad de la Vivienda: Reparación de cimientos, pilares, vigas, cadenas o estructura de techumbre y pisos u otras similares.
• De Habitabilidad de la Vivienda: Mejoramiento de instalaciones sanitarias, eléctricas o de gas; reparación de filtraciones de muros y cubiertas; canales y bajadas de aguas lluvia; reposición de ventanas, puertas, pavimentos, tabiques, cielos u otras similares.
• De Mantención de la Vivienda: Reparación de ventanas, puertas, pavimentos, tabiques, cielos, pinturas interiores o exteriores u otras similares.
• De Mejoramiento de Bienes Comunes Edificados: Mejoramiento de escaleras, pasillos comunes, techumbres en circulaciones comunes, protecciones, iluminación u otras similares, así como obras de los tipos señalados en los puntos anteriores que correspondan a bienes comunes edificados.
• De Innovaciones de Eficiencia Energética: Colectores solares, iluminación solar, tratamientos de separación de aguas u otras similares.

El subsidio máximo que se puede obtener en la Región de los Rios 50 UF.
Los postulantes deben aportar un ahorro mínimo de 3 UF.
¿A quién está dirigido?
A familias en situación de vulnerabilidad social y de grupos emergentes (con máximo 70% en el Registro social de hogares, propietarias o asignatarias de una vivienda social o cuyo valor de tasación no supere las 650 UF, construida por el Estado o por el sector privado con o sin subsidio habitacional y localizada en zonas urbanas o rurales.
¿Qué requisitos se deben cumplir para postular?
• Tener mínimo 18 años de edad.
• En postulaciones individuales contar con máximo 70% en el registro social de hogares. Si la postulación es colectiva se permite que hasta un 30% del grupo tengan sobre el 70% del Registro social de hogares.
• Ser propietario o asignatario (postulante o cónyuge) de la vivienda a reparar o mejorar.
• Además, la vivienda debe catalogarse como social o su tasación no debe superar las 650 UF (de acuerdo a la metodología que señala el reglamento).
• Acreditar haber depositado el ahorro mínimo al último día del mes anterior al de inicio de la postulación, en algún tipo de cuenta de ahorro que contemple reajustabilidad y facultad de bloquearse y desbloquearse.
• Cuando la suma del subsidio y el ahorro sea menor al costo total del proyecto, se debe contar con aportes adicionales.
• No haber sido beneficiado (postulante y cónyuge) con un subsidio de los programas Mantención de Viviendas Serviu, Mejoramiento de la Vivienda Familiar y su Entorno o del Título III del antiguo Subsidio Rural.
• Contar con asesoría de un Prestador de Servicios de Asistencia Técnica (Psat).
• Contar con un constructor o contratista inscrito en los Registros del Minvu, para la ejecución de las obras.
• En postulaciones colectivas los interesados deben estar constituidos como grupo organizado.
• Contar con autorización de los copropietarios, cuando el proyecto afecte bienes comunes de un condominio.
• Contar con permiso de edificación de la Dirección de Obras Municipales (DOM), cuando el proyecto lo requiera.

¿Dónde y cómo se postula?
Se postula a los llamados en forma individual o en grupo, a través de un Prestador de Servicios de Asistencia Técnica (Psat), en las fechas que el Minvu indique. Ver las fechas de postulación.
El Psat ingresará al Serviu la documentación que exige el programa y velará por que los postulantes cumplan con todos los requisitos para postular.
¿Cómo se efectúa la selección?
Luego que el Psat ingresa los proyectos al Serviu se efectúa un proceso de evaluación, pasando a la etapa de selección aquellos que resultaron “calificados”.
La selección se realiza por estricto orden de puntaje, hasta agotar los recursos asignados a cada región en los respectivos llamados.
Los factores de puntaje son los siguientes:
• Antigüedad de la postulación.
• RSH
• Vulnerabilidad del grupo o familia (adultos mayores, enfermos catastróficos, discapacitados, menores de 15 años, personas reconocidas en el Informe Valech y familias monoparentales).
• Antigüedad de la vivienda.
• Tipo de proyecto.

Los resultados de la selección se pueden conocer aproximadamente 45 días después de cerrado el período de postulación correspondiente, en este mismo sitio.
Costo: La postulación a este beneficio no tiene costo.
Resultado: Quienes resulten seleccionados obtendrán de Serviu un certificado denominado “Subsidio para el Mejoramiento de la Vivienda”, el cual sólo se podrá aplicar al financiamiento del proyecto seleccionado. La vigencia de este documento es de 12 meses, contados desde la fecha de su emisión (esta fecha aparece en el certificado).
El Certificado de Subsidio incorpora adicionalmente un pago para el Prestador de Asistencia Técnica (Psat).
3.- Título III: Subsidios para Ampliación de la Vivienda
Este subsidio permite ampliar viviendas sociales o cuya tasación no supere las 650 UF, pertenecientes a familias que cuentan con un 70 % máximo de vulnerabilidad. Corresponde al Título III del Programa de Protección del Patrimonio Familiar.
Descargar: DS N° 255 de 2006.
¿En qué consiste?
Este subsidio permite ampliar la vivienda de familias vulnerables y de sectores emergentes, apoyando el financiamiento de las siguientes obras:
• Dotación de uno o más dormitorios nuevos en la vivienda.
• Construcción de lavadero o loggia, o aumento de la superficie del recinto existente destinado a este fin.
• Construcción de estar-comedor o aumento de la superficie del recinto existente destinado a este fin.
• Construcción de baño o cocina o aumento de la superficie de los recintos existentes destinados a estos fines.
• Ampliación de dormitorio.

El subsidio que se puede obtener variará de acuerdo a la comuna en la que se ubique la vivienda y de la superficie original del inmueble. En la Región de los Rios el monto máximo es de 100 UF.
Los postulantes deben aportar un ahorro mínimo de 5 UF.
¿A quién está dirigido?
A familias en situación de vulnerabilidad social y de grupos emergentes (con máximo 13.484 puntos en su Ficha de Protección Social -FPS-), propietarias o asignatarias de una vivienda social o cuyo valor de tasación no supere las 650 UF, construida por el Estado o por el sector privado, con o sin subsidio habitacional, y localizada en zonas urbanas o rurales.
¿Qué requisitos se deben cumplir para postular?
• Tener mínimo 18 años de edad.
• En postulaciones individuales contar con máximo 70% de vulnerabilidad en el Registro social de hogares.
• Ser propietario o asignatario (postulante o cónyuge) de la vivienda a reparar o mejorar.
• Además, la vivienda debe catalogarse como social o su tasación no debe superar las 650 UF (de acuerdo a la metodología que señala el reglamento).
• Acreditar haber depositado el ahorro mínimo al último día del mes anterior al de inicio de la postulación, en algún tipo de cuenta de ahorro que contemple reajustabilidad y facultad de bloquearse y desbloquearse.
• Cuando la suma del subsidio y el ahorro sea menor al costo total del proyecto, se debe contar con aportes adicionales.
• No haber sido beneficiado (postulante y cónyuge) con un subsidio del Título III de este programa y/o del Título III del antiguo Subsidio Rural.
• Contar con asesoría de un Prestador de Servicios de Asistencia Técnica (Psat).
• Contar con un constructor o contratista inscrito en los Registros del Minvu, para la ejecución de las obras.
• En postulaciones colectivas los interesados deben estar constituidos como grupo organizado.
• Contar con autorización de los copropietarios, cuando el proyecto afecte bienes comunes de un condominio.
• Contar con permiso de edificación de la Dirección de Obras Municipales (DOM).

¿Dónde y cómo se postula?
Se postula a los llamados en forma individual o en grupo, a través de un Prestador de Servicios de Asistencia Técnica (Psat), en las fechas que el Minvu indique.
El Psat ingresará al Serviu la documentación que exige el programa y velará por que los interesados cumplan todos los requisitos para postular. Ver las fechas de postulación.
¿Cómo se efectúa la selección?
Luego que el Psat ingresa los proyectos al Serviu se efectúa un proceso de evaluación, pasando a la etapa de selección aquellos que resultaron “calificados”. La selección se realiza por estricto orden de puntaje, hasta agotar los recursos asignados a cada región en los respectivos llamados. Los factores de puntaje son los siguientes:.
• Antigüedad de la postulación.
• RSH.
• Vulnerabilidad del grupo o familia (adultos mayores, enfermos catastróficos, discapacitados, menores de 15 años, personas reconocidas en el Informe Valech y familias monoparentales).
• Hacinamiento.
• Antigüedad de la vivienda.
• Tipo de proyecto.

Los resultados de la selección se pueden conocer aproximadamente 45 días después de cerrado el período de postulación correspondiente, en este mismo sitio.
Costo: La postulación a este beneficio no tiene costo.
Resultado: Quienes resulten seleccionados obtendrán de Serviu un certificado denominado “Subsidio para Ampliación de la Vivienda”, el cual sólo se podrá aplicar al financiamiento del proyecto seleccionado. La vigencia de este documento es de 12 meses, contados desde la fecha de su emisión (esta fecha aparece en el certificado).
El certificado de subsidio incorpora adicionalmente un pago para el Prestador de Servicios de Asistencia Técnica (Psat).
Subsidios para Acondicionamiento Térmico de la Vivienda
1.- Artículo 6 bis, DS N° 255/2006, V. y U. (Título II del Programa de Protección del Patrimonio Familiar)
Este subsidio permite reacondicionar térmicamente viviendas sociales o cuya tasación no supere las 650 UF, pertenecientes a familias que cuentan con máximo un 70% de vulnerabilidad en el Registro social de hogares.
Corresponde a Proyectos de Habitabilidad del Título II del Programa de Protección del Patrimonio Familiar.
Descargar: DS N° 255 de 2006.
¿En qué consiste?
Este subsidio permite mejorar la aislación térmica de viviendas sociales o cuya tasación no supere las 650 UF, permitiendo que las familias beneficiadas accedan a ahorros en calefacción y que disminuyan los efectos de condensación al interior de las viviendas.
Con este subsidio se obtiene el doble del monto indicado en el Título II del Programa de Protección al Patrimonio Familiar (PPPF). El monto máximo que se puede obtener es de 100, 110, 120 ó 130 UF, de acuerdo a la comuna en la que se ubique la vivienda.
Los postulantes deben aportar un ahorro mínimo de 3 UF.

¿A quién está dirigido?
A familias en situación de vulnerabilidad social y de grupos emergentes (con máximo de 70 % en el Registro social de hogares ), propietarias o asignatarias de una vivienda social o cuyo valor de tasación no supere las 650 UF, construida por el Estado o por el sector privado con o sin subsidio habitacional y localizada en zonas urbanas o rurales.
¿Qué requisitos se deben cumplir para postular?
• Tener mínimo 18 años de edad.
• En postulaciones individuales los postulantes deben contar con máximo de 70 % en el Registro social de hogares.
• Ser propietario o asignatario (postulante o cónyuge) de la vivienda a reparar o mejorar.
• Además la vivienda debe catalogarse como social o su tasación no debe superar las 650 UF (de acuerdo a la metodología que señala el reglamento).
• Acreditar haber depositado el ahorro mínimo al último día del mes anterior al de inicio de la postulación, en algún tipo de cuenta de ahorro que contemple reajustabilidad y facultad de bloquearse y desbloquearse.
• Cuando la suma del subsidio y el ahorro sea menor al costo total del proyecto, se debe contar con aportes adicionales.
• No haber sido beneficiado (postulante y cónyuge) con otro subsidio de este título del PPF; o un subsidio de los programas Mantención de Viviendas Serviu, Mejoramiento de la Vivienda Familiar y su Entorno; o del Título III del antiguo Subsidio Rural.
• Contar con asesoría de un Prestador de Servicios de Asistencia Técnica (Psat).
• Contar con un constructor o contratista inscrito en los Registros del Minvu, para la ejecución de las obras.
• En postulaciones colectivas los interesados deben estar constituidos como grupo organizado.
• Contar con autorización de los copropietarios, cuando el proyecto afecte bienes comunes de un condominio.
• Contar con permiso de edificación de la Dirección de Obras Municipales (DOM), cuando el proyecto lo requiera.

¿Dónde y cómo se postula?
Se postula a los llamados en forma individual o en grupo, a través de un Prestador de Servicios de Asistencia Técnica (Psat), en las fechas que el Minvu indique. Ver las fechas de postulación.
El Psat ingresará al Serviu la documentación que exige el programa y velará por que los postulantes cumplan con todos los requisitos para postular.

¿Cómo se efectúa la selección?
Luego que el Psat ingresa los proyectos al Serviu se efectúa un proceso de evaluación, pasando a la etapa de selección aquellos que resultaron “calificados”.
La selección se realiza por estricto orden de puntaje, hasta agotar los recursos asignados a cada región en los respectivos llamados.
Los factores de puntaje son los siguientes:
• Antigüedad de la postulación.
• Registro Social de hogares
• Vulnerabilidad del grupo o familia (adultos mayores, enfermos catastróficos, discapacitados, menores de 15 años, personas reconocidas en el Informe Valech y familias monoparentales).
• Antigüedad de la vivienda.
• Tipo de proyecto.
• Además en este caso se definen puntajes especiales de selección referidos a:
o Puntajes adicionales por condiciones de la vivienda original.
o Puntaje adicional por grado de cumplimiento de la vivienda de las exigencias del artículo 4.1.10 de la Ordenanza General de Urbanismo y Construcciones (Oguc).

Los resultados de la selección se pueden conocer aproximadamente 45 días después de cerrado el período de postulación correspondiente, en este mismo sitio.
Costo: La postulación a este beneficio no tiene costo.
Resultado: Quienes resulten seleccionados obtendrán de Serviu un certificado denominado “Subsidio para el Mejoramiento de la Vivienda”, el cual sólo se podrá aplicar al financiamiento del proyecto seleccionado. La vigencia de este documento es de 12 meses, contados desde la fecha de su emisión (esta fecha aparece en el certificado).
El certificado de subsidio incorpora adicionalmente un pago para el Prestador de Asistencia Técnica (Psat)